Intervención de José Luis Widow Lira en el marco del Congreso Internacional de Derecho Natural – «Natural Law & Human Rights» de la Iuris Naturalis Societas, en julio 2025
La ponencia expone cómo Santo Tomás de Aquino concibe la paz como objeto de la ley y fin del gobierno, aunque subordinada a la felicidad y la virtud, que son el fin último de la vida humana y social. Partiendo de San Agustín, entiende la paz como “tranquilidad en el orden”, fruto de la concordia de voluntades orientadas al bien verdadero y común, no solo aparente. La paz política requiere justicia, participación en el orden común y condiciones materiales básicas, evitando tanto la tiranía como la mera concordia en el mal. El gobernante y el legislador tienen como misión procurar la paz exterior —unidad y orden social— como condición previa para la virtud y la felicidad, pero con límites: no pueden imponer la paz perfecta interior, reservada al hombre y a Dios, y deben legislar gradualmente según la naturaleza y costumbres del pueblo, de lo contrario la ley genera conflicto en vez de concordia.